La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó la Resolución No. 000144 del 20 de agosto de 2024, con la cual estableció las especificaciones técnicas para la transmisión y entrega de la información correspondiente a la declaración andina del valor a través de sus servicios informáticos.
Dicha resolución estableció que la información deberá ser entregada a través de los servicios informáticos de la DIAN y a más tardar el día hábil siguiente a la obtención del levante de la declaración de importación.
El 15 de noviembre terminó el periodo de transición para el desarrollo informático, lo que indica que a partir del 16 de noviembre es obligatorio cumplir con la resolución y en caso de que realicen importaciones desde los países CAN.
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¿Qué es la Declaración Andina de Valor?
La Declaración Andina del Valor es un documento de soporte de la declaración de importación, que tiene la información de las partes que intervienen en la negociación de la mercancía importada, de los elementos de hecho y circunstancias de la transacción comercial, así como el detalle del valor en aduana de las mercancías importadas que se declaran. Todo esto atiende lo establecido en el artículo 323 del Decreto 1165 de 2019. La Declaración Andina del Valor sólo podrá servir de soporte a una única declaración de importación. No obstante, una declaración de importación podrá tener una o varias declaraciones andinas del valor, según sea el caso.
¿En qué casos se presenta?
La Declaración Andina del Valor, se debe diligenciar cuando se presenten declaraciones de importación inicial, de corrección, de legalización o de modificación, que amparan mercancías cuyo valor FOB sea igual o superior a cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 5.000). Del mismo modo, cuando se trate de envíos fraccionados o múltiples, o de valor fraccionado que sumados igualen o superen la misma cifra. Lo anterior se da conforme a lo previsto en el artículo 327 del Decreto 1165 de 2019, en concordancia con lo estipulado en los artículos 337 y 338 de la Resolución 046 de 2019.
Fuente: DIAN