Contenedores vacíos: ¿qué cambió en SICE-TAC y cómo puede afectar las tarifas?

Las recientes actualizaciones del Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga —SICE-TAC— están generando cambios operativos y comerciales en el transporte terrestre de contenedores en Colombia.

Diferentes empresas transportadoras han comenzado a revisar, actualizar e incluso retirar tarifarios previamente informados. Esta situación puede ocasionar ajustes en los valores cotizados a los clientes, incluyendo algunas operaciones cuya carga ya se encuentra en tránsito hacia los puertos colombianos.

Pero ¿qué cambió exactamente y por qué el movimiento de un contenedor vacío puede generar un costo adicional?

¿Qué es el SICE-TAC?

El SICE-TAC es el sistema administrado por el Ministerio de Transporte que permite calcular los costos eficientes de operación del transporte terrestre automotor de carga.

El cálculo considera las características particulares de cada viaje, entre ellas:

  • Ruta de origen y destino.
  • Tipo y configuración del vehículo.
  • Tipo de carga.
  • Peajes.
  • Combustible.
  • Tiempos de espera.
  • Actividades de cargue y descargue.
  • Otros costos asociados a la operación.

Los resultados publicados en el sistema constituyen la referencia de costos mínimos aplicable a las relaciones económicas entre las empresas de transporte y los propietarios, poseedores o tenedores de los vehículos. La regulación vigente establece que el valor a pagar no puede ser inferior a los costos eficientes de la operación registrados en el SICE-TAC.

¿El SICE-TAC aplica al transporte de contenedores vacíos?

Sí.

Aunque el contenedor no lleve mercancía en su interior, continúa siendo una unidad física transportada por un vehículo. Para efectos del SICE-TAC, el contenedor vacío es un tipo de carga.

Esto es diferente a un “viaje en vacío”, que corresponde al desplazamiento de un vehículo sin transportar ninguna carga.

En términos sencillos:

  • Contenedor vacío: el camión transporta un contenedor sin mercancía.
  • Viaje en vacío: el camión se moviliza sin carga ni contenedor.

El Portal Logístico del Ministerio de Transporte confirma que el SICE-TAC puede calcular el costo eficiente de transportar un contenedor, independientemente de que esté cargado o vacío.

¿Qué cambió para los contenedores cargados y vacíos?

La Resolución 20263040018445 del 14 de mayo de 2026 modificó el protocolo del SICE-TAC y precisó que las operaciones correspondientes al contenedor cargado y al contenedor vacío deben calcularse y reportarse por separado.

Esto significa que el sistema debe considerar de manera independiente:

  1. La movilización terrestre del contenedor cargado.
  2. La movilización posterior del contenedor vacío.
  3. La ruta correspondiente a cada movimiento.
  4. Los costos eficientes aplicables a cada operación.

No se realiza una agregación automática entre el viaje cargado y el movimiento del contenedor vacío. Cada trayecto debe liquidarse según su propio origen y destino.

Ejemplo práctico del cambio

Supongamos que un contenedor llega al puerto de Cartagena con mercancía de importación.

La operación terrestre puede incluir:

  1. Retiro del contenedor cargado en el puerto.
  2. Transporte hasta la bodega del importador.
  3. Descargue de la mercancía.
  4. Traslado del contenedor vacío hasta el patio de devolución.

Aunque comercialmente estos movimientos podían presentarse dentro de una misma tarifa, para efectos del cálculo de costos eficientes deben reconocerse como operaciones diferenciadas.

Por lo tanto, el transportador deberá revisar el costo correspondiente al trayecto del contenedor cargado y el costo del traslado posterior del contenedor vacío.

¿Qué relación tiene el cambio con el RNDC?

El Registro Nacional de Despachos de Carga —RNDC— también reconoce de manera diferenciada las remesas de contenedor cargado y de contenedor vacío.

Para registrar una operación de contenedor vacío, el sistema puede requerir información como:

  • Serial ISO del contenedor.
  • Peso vacío del contenedor.
  • Cantidad de mercancía igual a cero.
  • Origen y destino del movimiento.
  • Información individual de la remesa.

La Resolución 20263040016075 del 29 de abril de 2026 unificó y actualizó la regulación aplicable al RNDC, incluyendo validaciones específicas para operaciones con contenedores cargados y vacíos.

¿Por qué los transportadores están actualizando sus tarifas?

Algunos tarifarios fueron estructurados antes de que se implementara o aclarara la liquidación diferenciada de ambos movimientos.

En esos casos, el precio originalmente informado pudo haber:

  • Agrupado el trayecto cargado y el traslado del contenedor vacío.
  • Considerado la devolución del contenedor como una actividad complementaria.
  • No contemplado el costo eficiente completo de la segunda ruta.
  • Utilizado condiciones operativas diferentes a las exigidas actualmente por el sistema.

Al calcular cada movimiento por separado, el costo total de la operación terrestre puede ser superior al valor inicialmente proyectado.

Por esta razón, algunas empresas transportadoras están cancelando o actualizando tarifarios previamente enviados.

¿Qué deben tener en cuenta las empresas?

Ante esta actualización, las empresas que importan o exportan mercancías en contenedores deberían:

  1. Identificar
    Identificar correctamente si la operación corresponde a contenedor cargado o contenedor vacío.
  2. Consultar
    Consultar en SICE-TAC los costos eficientes publicados para cada tipo de operación y ruta.
  3. Registrar
    Registrar la remesa en el RNDC con la tipología correcta y pasar las validaciones obligatorias.
  4. Reportar
    Reportar los tiempos logísticos, cuando apliquen, y la información requerida en el RNDC.
  5. Cumplir
    Validar que el valor a pagar sea igual o superior a los costos mínimos obligatorios publicados en SICE-TAC.

 

¿Cómo acompaña Map Cargo a sus clientes?

En Map Cargo realizamos seguimiento a los cambios informados por los proveedores de transporte terrestre y revisamos cada operación de manera individual.

Cuando un tarifario sea actualizado o una operación presente una variación, nuestro equipo comercial informará al cliente y explicará los factores que originan el ajuste.

Nuestro objetivo es brindar información oportuna, facilitar la toma de decisiones y reducir el riesgo de costos no previstos durante el desarrollo de la operación.

En conclusión

El principal cambio consiste en que el movimiento del contenedor vacío deja de tratarse como una extensión automática del viaje cargado.

Ahora debe contar con:

  • Su propio cálculo.
  • Una ruta identificada.
  • Un costo eficiente independiente.
  • Un registro diferenciado en el RNDC.

Esta nueva forma de calcular y reportar las operaciones está llevando a los transportadores a revisar sus estructuras de costos y, en algunos casos, a actualizar tarifas previamente comunicadas.

Antes de confirmar una operación, es recomendable validar que el valor del transporte terrestre contemple tanto la movilización del contenedor cargado como el posterior traslado del contenedor vacío.

¿Tiene una operación próxima a arribar o requiere validar sus costos de transporte terrestre? Comuníquese con nuestro equipo para revisar las condiciones aplicables a su carga.

Fuentes:

    • Asociación Nacional de Comercio Exterior — Analdex. Contenedores vacíos: ¿qué cambió en SICE-TAC y RNDC?
    • Ministerio de Transporte. Resolución 20263040018445 del 14 de mayo de 2026.
    • Ministerio de Transporte. Resolución 20263040016075 del 29 de abril de 2026.
    • Ministerio de Transporte. Portal Logístico de Colombia, preguntas frecuentes del SICE-TAC.
    • Decreto 1079 de 2015, modificado por el Decreto 1017 de 2025.
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